Durante la conferencia de prensa brindada hoy por el Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19, el ministro de Economía, Hacienda y Finanzas de la Provincia, Jorge Oscar Ibáñez, se refirió a dos decisiones judiciales que se conocieron ayer, y detalló que en Formosa los fallos judiciales “se acatan” y que “no hay medidas de no acatamiento de ningún fallo de ningún juez, más aún siendo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
Tras ser consultado por la prensa acerca de los dos fallos judiciales que se conocieron durante la jornada de ayer, y que cuestionaron algunos aspectos de las medidas sanitarias implementadas en el territorio provincial, el funcionario indicó que el fallo del máximo tribunal nacional se refiere al “Caso Ibarrola”, y que ordena a la Provincia de Formosa y al Consejo que se permita el ingreso de una mujer que está en la Provincia de Buenos Aires a la ciudad de Clorinda por “una cuestión humanitaria de enfermedad de su madre”.
“Este es un caso que se inició en diciembre de 2020, una ‘acción meramente declarativa’ que fue interpuesta ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La Fiscalía de Estado de la Provincia entiende que este tipo de acciones no serían de competencia originaria de la Corte Suprema. Los casos que trata la Corte en el marco de su competencia originaria serían aquellos que taxativamente están en el Artículo 117 de la Constitución Nacional. Esta es una postura jurídica”, aseveró.
Asimismo, el doctor Ibáñez recordó que cuando el Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictamino acerca de este caso, les dijo a los miembros de la Corte que deben rechazar esta demanda”, por “no ser competencia de la Corte, por no encuadrarse en los casos de competencia originaria”.
“Nos preocupa que se siente precedente de acciones meramente declarativas que abran la competencia de la Corte, con lo cual se transformaría al máximo tribunal de la Nación en un Juzgado de Primera Instancia”, explicó Ibáñez.
También, mencionó que en su fallo, la Corte afirma que “oportunamente” resolverá la cuestión referida a la competencia originaria; y resaltó que el máximo tribunal ratificó una vez más” la competencia de la Provincia de Formosa para “establecer medidas sanitarias preventivas para atacar al coronavirus” aunque en otros pasajes de su fallo, el máximo tribunal consideró que “algunas medidas no se ajustan a los parámetros que exige la Corte”.
A su vez, el ministro expresó que la decisión de la Corte establece que la mujer pueda ingresar a Clorinda con un PCR negativo y un hisopado efectuado en la Provincia, y realizar la cuarentena, si así lo exigiera la Provincia, en la casa de un familiar, opción que en diversos momentos fue propuesta por la Fiscalía de Estado de la Provincia y rechazada por la persona demandante.
Por otro lado, Ibáñez expuso que el segundo fallo fue emitido por la Cámara Federal de Resistencia y que aún no se encuentra firme, porque fue apelado por la Fiscalía de Estado, por lo cual aún no es de cumplimiento obligatorio “hasta que no se resuelvan los recursos interpuestos por la Fiscalía en tiempo y forma”.
